Artículo Disposición adicional décimaDisposición adicional décima
Disposición adicional décima. Ampliación de la educación obligatoria.
El Gobierno de Canarias garantizará, en las condiciones que reglamentariamente se establezcan, que el alumnado que no supere las evaluaciones externas y no obtenga la titulación correspondiente a la educación secundaria obligatoria pueda permanecer en el sistema educativo hasta los 18 años.
Norma publicada: 25 de julio de 2014